PLAZO DE IMPUGNACIÓN DE SENTENCIA EN PROCESO IMEDIATO
Jurisprudencia
PLAZO DE IMPUGNACIÓN DE SENTENCIA EN PROCESO IMEDIATOLa notificación de todos los actos procesales que incidan negativamente sobre el derecho a la libertad de todo procesado debe evaluarse conforme la interpretación más favorable para los procesados, en tal sentido, la notificación debe realizarse a través de cédula, conforme a lo previsto en el artículo 155-E de la Ley Orgánica del Poder Judicial, Y ESTO EN EL DOMICILIO REAL SEÑALADO EN EL EXPEDIENTE; ello al margen de que la sentencia (o auto) haya sido leído en audiencia, que haya sido notificada al abogado en la casilla electrónica o que haya sido notificada en el domicilio procesal (en caso este no coincida con el domicilio real).