JurisprudenciaINVALIDEZ PROBATORIA DE LAS GRABACIONES EN CONVERSACIONES PRIVADAS El TC resolvió por mayoría que: Es válida la grabación si todos los intervinientes están de acuerdo. Por tanto, si uno de los interlocutores no autoriza la grabación y esta no se dio en un ambiente con expectativa de privacidad no podría ser medio de prueba.
Tal disposición en minoría de los miembros del TC no fue compartida, ya que consideran que es una afirmación ambigua, refieren: que Lo constitucionalmente prohibido es la intervención de la comunicación por un tercero, sin autorización de ninguno de los interlocutores o de la autoridad judicial