JurisprudenciaDETERMINACIÓN DE LA PENA: ES MENOS LESIVA LA VIOLACION SEXUAL POR VIA BUCALNo puede equipararse en trascendencia y gravedad el acceso carnal por vía bucal con el acceso carnal por vía vaginal o anal pues estos últimos suponen, en especial el anal, un cierto daño físico y en el vaginal la posibilidad de la desfloración principalmente en el caso de menores, por lo que la pena debe ser menor.