¿SE PUEDE ADMITIR NUEVOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN DURANTE LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA?
Jurisprudencia
¿SE PUEDE ADMITIR NUEVOS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN DURANTE LA AUDIENCIA DE PRISIÓN PREVENTIVA?La regla general exige que los elementos de convicción se presenten con el requerimiento de prisión preventiva; sin embargo, se ha establecido que excepcionalmente sí pueden incorporarse nuevos elementos durante la audiencia, siempre que se sustente la urgencia o indispensabilidad, no se afecte el derecho de defensa, no se modifique sustancialmente la imputación y se permita un receso breve para su revisión. Esta admisión excepcional garantiza el debido proceso, evita formalismos excesivos y permite una decisión más justa y acorde con la veritas delicti (verdad material)