Sobre los requisitos de los medios probatorios: Pertinencias, utilidad y conducencia
Recurso de Apelación Suprema N.° 212-2024/Suprema del 08/07/2025 y Apelación N° 71-2022/Suprema, del c05/12/2022 F.J. 3
F.J.11 La jurisprudencia ha definido el contenido de tres estos criterios: (i) la pertinencia significa la relación que ha de existir entre el medio de investigación propuesto y el hecho objeto de la investigación; (ii) la utilidad significa la calidad del aporte del medio de investigación, esto es, su capacidad para comprobar determinados hechos; (iii) la conducencia implica tanto la aptitud legal del medio de investigación como la suficiencia demostrativa que representa para la investigación preparatoria.
Si el medio de prueba es pertinente (está referido a los hechos objeto de debate: acusación y defensa), útil (tiene entidad cualitativa para lograr lo que con él el solicitante procura obtener) y conducente (tiene idoneidad legal para probar el hecho), no existe posibilidad para su denegación. (Casación 170-2022, Cusco F.J 5)

