¿ES PUNIBLE LA "INSTIGACIÓN EN CADENA"? EL TC ANALIZÓ LA FIGURA DE LA «INSTIGADORA DEL INSTIGADOR INTERMEDIARIO»
TC VINCULANTE
¿ES PUNIBLE LA "INSTIGACIÓN EN CADENA"? EL TC ANALIZÓ LA FIGURA DE LA «INSTIGADORA DEL INSTIGADOR INTERMEDIARIO»No. El Tribunal Constitucional ha precisado que la instigación en cadena —también denominada instigador del instigador— no es punible, porque el artículo 24 del Código Penal solo sanciona la determinación directa del instigador sobre el autor del delito. Esta figura se configura cuando un sujeto no induce directamente al autor, sino que influye en un intermediario, quien a su vez determina la comisión del hecho por el ejecutor material. Para el TC, admitir estos eslabones intermedios implica una interpretación extensiva prohibida, incompatible con el principio de legalidad penal. Este criterio se aparta expresamente del sostenido por la Sala Penal Permanente en la casación N° 586-2021/La Libertad.

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