CUESTIONAMIENTO A LAS DECISIONES CIVILES EN EL DELITO DE OMISIÓN A LA ASISTENCIA FAMILIAR
Casación N° 2269-2022/Amazonas (26/09/2024)
El ilícito de omisión de asistencia familiar, por su configuración típica, requiere del incumplimiento en la vía civil por parte del agente, es decir, que este dolosamente omita cumplir su obligación de prestar alimentos, impuesta previamente por el juez competente en una resolución judicial como pensión alimenticia después de agotado el proceso sumarísimo sobre alimentos. En efecto, es en esa vía que se practica la liquidación de pensiones devengadas -que el procesado cuestiona- y en el caso concreto tiene la calidad de consentida, conforme el ad quem consideró, de modo que no es en la vía penal, y mucho menos mediante el recurso de casación, que el procesado se encuentre habilitado a cuestionar la liquidación de la deuda alimentaria como pretende hacerlo, sino que deberá hacerlo ante el juez competente que emitió la decisión que ahora controvierte.
El procesado pretendió cuestionar, en esta vía las resoluciones que liquidan y aprueban la liquidación de pensiones devengadas que adquirieron firmeza en otra vía (civil), lo cual se torna un imposible jurídico, en tanto que la resolución que aprueba la liquidación de pensiones no ha sido anulada o dejada sin efecto.