PLAZO PARA RESOLVER LA REVOCATORIA DE LA PENA

PLAZO PARA RESOLVER LA REVOCATORIA DE LA PENA

El supuesto del artículo 59 del CP se refiere a que el incumplimiento se produzca durante el período de suspensión no que la resolución revocatoria se dicte dentro de ese plazo o periodo de suspensión.

REVOCATORIA DE LA PENA



Fiscalia solicitó la revocatoria de la pena dentro del plazo de prueba, sin embargo el juzgado resolvio  fuera de dicho plazo. Se cuentionó haber resuelto la revocatoria fuera del periodo de prueba.



Desde la perspectiva procesal, en orden al valor seguridad jurídica, la estabilización normativa para pedir la revocatoria u otra medida alternativa prevista en el artículo 59 del Código Penal se consolida en el momento en que el requerimiento se plantea, de modo que si la pretensión revocatoria se formula cuando ya se clausuró el periodo de suspensión, no es posible admitirlo a trámite


Lo central consiste en que el incumplimiento se produzca dentro del periodo de suspensión y que el pedido de revocatoria se formule antes de su vencimiento. Por lo demás, en estos mismos términos se ha decidido en la Casación 2902-2021/Lambayeque, de treinta de noviembre del presente año pudiendo el juzgado emitir la resolución luego del vencimiento al no existir norma en contrario.

Casacion 2707-2023
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