DELITOS DE LESA HUMANIDAD

DELITOS DE LESA HUMANIDAD

El delito de terrorismo no siempre es de lesa humanidad, deberá verificarse si el hecho imputado reúne las condiciones para tal calificación jurídica conforme la resolución recaída en Expediente N.º 0024-2010-PI/TC

¿QUE DELITOS PUEDEN SER CONSIDERADOS COMO DE LESA HUMANIDAD?



Se imputó ser parte de la organización terrorista “Sendero Luminoso”. El 8 de enero de 1990, incendiaron un municipio y reunieron a la población para victimar cruelmente a sus autoridades. Posteriormente, emprendieron la retirada, llevándose a una persona dándole muerte por ahorcamiento, con un cordón eléctrico y con un corte en la yugular.


El caso fue sobreseido por prescripción sin embargo la Procuraduría Pública Especializada en Delitos de Terrorismo del Ministerio del Interior, en su recurso de nulidad planteó como pretensión la nulidad del auto de prescripción.


Argumentó que el delito de terrorismo es un crimen de lesa humanidad con el carácter imprescriptible; si bien los hechos fueron tipificados como delitos de terrorismo en nuestro derecho interno, por su contexto constituyen graves violaciones a derechos humanos, siendo inadmisibles los mecanismos de prescripción u otros mecanismos de exclusión de responsabilidad penal tendentes a evitar que se investiguen, juzguen y sancionen a los responsables.


Sin embargo, la Corte Suprema consideró que aun cuando los hechos incriminados resultan graves y reprochables, la calificación jurídica de lesa humanidad no fue materia de discusión durante el proceso penal ni el titular de la acción penal acusó en ese sentido. En consecuencia, no fue atendible el referido cuestionamiento alegado por la parte civil.


CUANDO UN DELITO DEBE SER CONSIDERADO DE LESA HUMANIDAD


En la sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el Expediente N.º 0024-2010-PI/TC se estableció que un acto constituye un crimen de lesa humanidad cuandos e cumplen de from,a copulativa las sigunteds condiciones (fundamento 49):

  1. Cuando por su naturaleza y carácter denota una grave afectación de la dignidad humana, violando la vida o produciendo un grave daño en el derecho a la integridad física o mental de la víctima, en su derecho a la libertad personal o en su derecho a la igualdad;
  2. Cuando se realiza como parte de un ataque generalizado o sistemático;
  3. Cuando responde a una política (no necesariamente formalmente declarada) promovida o consentida por el Estado; y,
  4. Cuando se dirige contra población civil.


QUE DELITOS PUEDEN SER CONSIDERADOS DE LESA HUMANIDAD


Los delitos de lesa humanidad están previstos en el artículo 7° del Estatuto de Roma, ratificado por el Estado peruano el 10 de noviembre del 2001 entrando en vigor el 1 de julio de 2002


Artículo 7
Crímenes de lesa humanidad
1. A los efectos del presente Estatuto, se entenderá por “crimen de lesa humanidad”cualquiera de los actos siguientes cuando se cometa como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque:
a) Asesinato;
b) Exterminio;
c) Esclavitud;
d) Deportación o traslado forzoso de población;
e) Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional;
f) Tortura;
g) Violación, esclavitud sexual, prostitución forzada, embarazo forzado, esterilización forzada o cualquier otra forma de violencia sexual de gravedad comparable;
h) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos, de género definido en el párrafo 3, u otros motivos universalmente reconocidos como inaceptables con arreglo al derecho internacional, en conexión con cualquier acto mencionado en el presente párrafo o con cualquier crimen de la competencia de la Corte;
i) Desaparición forzada de personas;
j) El crimen de apartheid;
k) Otros actos inhumanos de carácter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad física o la salud mental o física.