LA VARIACIÓN DEL TÍTULO DE INTERVENCION Y LA TIPIFICACIÓN ALTERNATIVA O SUBSIDIARIA
Casación n.o 863-2022/Arequipa del 06/02/2024
Que el título de intervención sea afinado o perfeccionado (aggiornamento) sólo es una precisión lingüística o de exhaustividad dogmática que no trasciende el derecho de defensa, mucho menos posee una consecuencia diferente que socave otros derechos o garantías procesales. Fundamento 12
La denominada imputación alternativa o subsidiaria, así como la desvinculación procesal, es un mecanismo por el cual el juez o un tribunal judicial realiza una realineación de la calificación jurídica, de acuerdo a los elementos fácticos que hayan sido probados en el plenario. En este contexto, es necesario reiterar que estas figuras jurídicas proceden cuando a una misma conducta vinculada con el hecho delictivo se le pueda aplicar más de una norma penal, del cual una de ellas desplaza o reemplaza a la otra, por lo que corresponde señalar que la calificación establecida en la acusación respecto de la imputación es siempre postulatoria o provisional. Sin embargo, la nueva calificción NO DEBE SER SORPRESIVA, es decir no debe generar indefención.