¿CUAL ES EL TRAMITE DE LA PRORROGA DE INVESTIGACION PREPARATORIA EN INVESTIGACIONES COMPLEJAS O A INTEGRANTES DE ORGANIZACIONES CRIMINALES?

¿CUAL ES EL TRAMITE DE LA PRORROGA DE INVESTIGACION PREPARATORIA EN INVESTIGACIONES COMPLEJAS O A INTEGRANTES DE ORGANIZACIONES CRIMINALES?

El plazo de investigaciones complejas es de 8 meses. Para el caso de investigación de delitos perpetrados por integrantes de organizaciones criminales el plazo de la investigación preparatoria es de 36. La prórroga por igual plazo debe concederla el Juez de la Investigación Preparatoria previo requerimiento fiscal y audiencia.

AUDIENCIAS DE PRORROGA DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA


Juzgado Supremo de Investigación Preparatoria Exp. N° 00005-2019-3 (Caso Chavarry)


5.11. (…)

a) Si bien la normal procesal, no detalla un trámite específico para la emisión de la resolución de prórroga de la investigación preparatoria, debe efectuarse conforme a los principios que rigen el modelo procesal penal del CPP, entre ellos el de oralidad y contradicción. En ese sentido es pertinente convocar a las partes procesales a una audiencia pública para debatir dicho requerimiento.


b) Es el caso que la Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de la República estableció que: «(…) el requerimiento de la prórroga del plazo de investigación preparatoria, debe realizarse bajo un control judicial en audiencia donde ejerzan contradicción los defensores de los imputados, de su fundamentación fáctica y jurídica y de las actuaciones del Ministerio Público, que debe ser conforme a lo establecido por las sentencias del Tribunal Constitucional, indicadas en el considerando vigésimo segundo, rubro II, Fundamentos de Derecho, sustentado en la garantía y el pleno respeto del derecho fundamental al debido proceso y sus diversas manifestaciones, como es el plazo razonable. (Casación N° 309-2015/Lima, del 29 de marzo de 2016. F.J. 23.