APUNTES SOBRE AUTORIA Y PARTICPACION
Recurso de Nulidad N° 11386-2022 del 24 de octubre del 2023
La corte suprema aclarólossignificadosbásicosderelevanciaparaeladecuadoplanteamientodelcaso en referencia a los títulos de participación:
a) Autor: desde un concepto general, es quien: “Tiene el dominio del hecho,esdecir,aquelsujetoquetieneunpoderdeconduccióndetodos los acontecimientos, de forma tal que le es posible encausarlohaciaelobjetivodeterminado”.Nuestrosistemapenal,enelartículo23delCódigoSustantivo,definenormativamente al autorcomo:“Elquerealizaporsíopormediodeotroelhechopunibleylosquelocometanconjuntamente”.
b) Deallíquesehabledetrestiposdeautores.Así,tenemos:
i. Porautorinmediatoodirecto,seentiendecomolapersonaque,demaneradirectaydominandolaacción,ejecutadepropiamanola
conductapuniblemediantelarealizacióndeloselementosobjetivosysubjetivosdeltipo.
ii. Autormediato esquien,dominandolavoluntaddeotrapersona–yconellodominalaacción–,realizaelilícitoatravésdeél,estoes,queestatercerapersonalesirvecomointermediarioparacometerlaconductatípica.Enesesentido,paraqueconcurraestetipodeautoría(diferentealaautoríamediataenaparatosorganizadosdepoder,queeslaexcepciónaloquetradicionalmenteseentiendecomoautormediato,puestieneunaconceptualizaciónypresupuestospropios,comoelhechodepermitirqueelejecutormaterialactúedemaneradolosaysertambiénresponsablepenalmentedelaconductapuniblequecometióconeldominiodelaaccióndelmandante),sedebecontarconunintermediarioqueactúesinlibertadosinconocimientodelasituación;esdecir,coaccionadooengañado;también,sedacuandoelintermediarioesuninimputable(aquíelhombredeatrásaprovechaesasituaciónoprodujointencionalmenteesacausadeexclusióndeculpabilidaddelejecutor).
Asimismo, se deben cumplir dos características para la autoríamediata:laposiciónsubordinadadelintermediario(razonesdehechoyjurídicas)yelroldominantedelmandante.
Noconcurriríalaautoríamediatasiesqueelintermediariodominalaacción, esto es, hace propia la ejecucióndel ilícito; ante ello,estepasaaserautorinmediato,mientrasqueelhombredeatrásseráunpartícipe,siempreycuandonohayatenidodominiodelhecho.
iii. Coautoría: se presenta cuando
existe esencialmente
un dominiofuncionaldelhecho(lamismaquesebasaenlosprincipiosdedivisióndeltrabajoylaimputaciónrecíproca,endondeloquehagaunoleesimputabletambiénalosdemás,siempre ycuandonoseexcedade loacordadoodelplan
criminal) porparte de dos o más personas que han decidido cometer el injusto
penal de manera conjunta (codominio), cumpliendo cada uno un rol
funcionalenelhecho(yaseaenlapartenoejecutivaoenlaejecución),demodo que en virtudal principio de división del trabajo: “Las piezasparcialessedisuelvenenunaprestacióncolectivaunitaria,deformaque cada individuo obtiene una parte del dominio sobre el hechoglobalatravésdesupropiacontribuciónalmismo”.
De allí que en la coautoría sean tres los requisitos que debenpresentarseconcaráctercopulativo:
iii.i)Ladecisióncomún(aquí se lleva a cabo el concierto de voluntades,determinándose la distribución de las funciones entre los autores intervinientes,pero,paradiferenciarseconlacomplicidad,nodebeexistirsubordinaciónentrelosrolesdelictivosquesecumplirán;esdecir,existecoautoríasinohaysubordinacióndefunciones).
iii.ii)Elaporteesencial(severificarálatrascendenciadelaporte,estoes,alrealizarunanálisisimaginariosedebeadvertirsielretirodelaportedeunodeellossería capaz de frustrar el plan de ejecución. Esto guarda relación con ladenominadateoríadelaconditiosinequanon).
iii.iii)Larealizaciónencomún(cadaagentedeberealizarunaporteobjetivoalhechosegúnloacordado;aportequeseencuentraenunarelacióndeinterdependenciafuncionalconlosdemás,endondecadacontribuciónformaráuntodounitarioatribuibleacadainterviniente;porello,sedebenconsiderarlasconductas en forma colectiva, resultando ser coautores los que realizan laejecucióndeldelitoensentidoestrictoylosquenoparticipanenesaetapaperoaportanunaparteesencialalplandeejecución20).
20 La coautoría no es una suma de autores, sino una suma de acciones que contempla laautoría.Deallíquealgúnsectordeladoctrinaafirmequedentrodeestadivisióndefuncionessepuedellegaradiferenciardosformasdecoautoría:unacoautoríanoejecutiva(autoresquerealizanlaboresdeplaneación,direcciónycoordinacióndelasfuncionesdeejecución)yunacoautoríaejecutiva (autoresque realizan laslaborespropiasde comisión delilícito).Ver en:VILLAVICENCIOTERREROS,Felipe.(2013).Derechopenal.Parte